La nueva Deliberación establece también, entre otras cosas, que los derechos patrimoniales relativos a elementos derivados de la obra audiovisual, incluyendo marcas, personajes, guión y música, entre otros, y los ingresos resultantes de la explotación de comercial de los mismos, deber significar para la empresa productora proponente, como mínimo, un porcentaje correspondiente a la partición de derechos patrimoniales sobre la obra. La empresa productora proponente también tiene asegurado su derecho de decisión sobre la realización de nuevas temporadas de la obra seriada o una nueva producción de ésta.
Las emisoras o programadores también tienen el derecho de ejercer su derecho de primera opción y última negativa, mientras perdure el derecho contractual de explotación comercial y de comunicación pública.